Concluye Primer Encuentro Internacional de Juristas con énfasis en el cumplimiento de los principios del Derecho Internacional

Vie, 06/12/2024 - 19:44

WILAYA DE AUSERD (Campamentos de la Dignidad)-.El Encuentro Internacional de Juristas que se celebra los días 05 y 06 de diciembre en Auserd bajo el Lema: “El estatus Jurídico  del Sahara Occidental concluyó con un llamado a “ defender los principios del Derecho Internacional y llevar a buen puerto la descolonización del Sáhara Occidental mediante la expresión libre, auténtica y democrática de la voluntad soberana del Pueblo saharaui en el ejercicio de su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia”.

EN EL ENCUENTRO INTERNACIONAL DE JURISTAS SOBRE EL SÁHARA OCCIDENTAL, celebrado en la wilaya de Auserd, en los Campamentos de refugiados saharauis, durante los días 5 y 6 de diciembre de 2024, han sido expuestas las siguientes;

 CONCLUSIONES

-Las sentencias de fecha 4 de octubre de 2024, que declaran la nulidad de los Acuerdos Unión Europea-Marruecos sobre Asociación Comercial y de Pesca, tienen una fundamentación de máxima relevancia: la necesidad de que dichos Acuerdos, en la medida en que afectan al territorio del Sáhara Occidental, deben contar con el consentimiento del Pueblo saharaui, titular del derecho de autodeterminación, que no se puede sustituir por el consentimiento de la población asentada en el Sáhara Occidental después de la ocupación.

Los requisitos objetivos que establecen estas sentencias para que futuros Acuerdos sean válidos, incluso con la oposición del Frente POLISARIO, tienen más relevancia teórica y doctrinaria que práctica. Aunque es lamentable admitir que Marruecos pueda explotar los recursos del Sáhara Occidental de forma bilateral, al margen del genuino consentimiento del Pueblo saharaui, nunca va a cumplir el requisito de establecer un beneficio verificable para el Pueblo saharaui originario, que en su mayoría reside fuera del territorio del Sáhara Occidental.

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         En términos de Derecho Internacional, todos los recursos naturales que se encuentran en el territorio del Sahara Occidental pertenecen al pueblo saharaui y sólo pueden ser utilizados con el consentimiento del pueblo saharaui para su único beneficio.

         El Tribunal Supremo sudafricano confirmó el mismo principio al embargar el cargamento de fosfatos transportado por el barco conocido como "Cherry Blossom", que se identificaba como marroquí en ruta hacia Nueva Zelanda. El producto de los fosfatos embargados se entregó al Frente Polisario.

         -Respecto a la Descolonización y Espacio marítimo y aéreo, 64 años después de la resolución 1514 sigue habiendo territorios que, con la condición de Territorios no Autónomos o sin ella, siguen estando colonizados. Las potencias coloniales se resisten a aplicar el derecho de descolonización y hacen primar sus intereses geopolíticos. Los casos de Chagos y de Nueva Caledonia se han retrasado y ha quedado patente como se prolonga el colonialismo para mantener una base militar estratégica en el Indico o el control de amplias zonas marinas en el Pacífico . Igual de grave es que el resto de los Estados, especialmente occidentales, se desentienden de su obligación de apoyar las descolonizaciones y de no contribuir a su mantenimiento, o que contribuyan directamente a consolidar situaciones coloniales o de ocupación. Esta situación de prevalencia de la realpolitik sobre el derecho internacional también afecta al Sahara Occidental.

         El espacio aéreo y el espacio marítimo del Sáhara Occidental, como proyección del territorio terrestre, constituyen también un objetivo del ocupante marroquí. Por la condición de Territorio no Autónomo del Sáhara Occidental, y por estar estas cuestiones reguladas por organizaciones internacionales técnicas, estos espacios quedaron a cargo de España hasta hoy. Marruecos los reclama, no coopera y ha hecho de esta cuestión un motivo de chantaje en sus relaciones bilaterales. España no puede ceder esas competencias al ocupante porque cometería un ilícito y porque contribuiría a consolidar la anexión. Al contrario, España debería denunciar las consecuencias de esta situación anómala derivada de la ocupación.

         La explotación marroquí de los recursos naturales de Sáhara Occidental, más allá de su dimensión económica, se suma a otras prácticas del ocupante para lograr el reconocimiento de su control del espacio aéreo y marítimo. Marruecos busca el reconocimiento internacional y la legitimación de su anexión , y por ello busca el asentimiento de Estados, su reconocimiento por organismos técnicos internacionales y la interlocución con actores económicos.

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         -El conflicto del Sáhara Occidental es también un problema de justicia climática. El conflicto ha desplazado a la mayor parte de la población saharaui al interior del desierto, donde más expuestos quedan a temperaturas extremas. La concentración de los refugiados en los campamentos también aumenta su exposición a las inundaciones. En el propio Sáhara Occidental, el muro bloquea los canales de drenaje, provocando una desertización localizada. El muro, las minas y el conflicto restringen los desplazamientos, por lo que los saharauis no pueden practicar sus estilos de vida tradicionales. En consecuencia, se están perdiendo conocimientos tradicionales que son importantes para la resiliencia y la adaptación al cambio climático. Como la República Saharaui no es un Estado miembro de la ONU, está excluida de la gobernanza mundial del clima y de los mecanismos de financiación, lo que niega a los saharauis la posibilidad de expresarse y de acceder a recursos vitales que les ayuden a adaptarse a los efectos del cambio climático. La CMNUCC (Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático), recompensa a Marruecos aceptando Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional que dependen del desarrollo de infraestructuras de energías renovables en el Sáhara Occidental ocupado. Los saharauis están en primera línea del cambio climático y del colonialismo climático. Han empezado a desarrollar sus propias respuestas al cambio climático, pero necesitan apoyo para abordar los factores estructurales que limitan su capacidad para adaptarse y abordar los posibles riesgos climáticos existenciales creados y ampliados por la ocupación continuada de su patria por parte de Marruecos.

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El caso del Sáhara Occidental no es sólo de colonialismo sino de colonidad. Es la avaricia de los centros del Poder, que expolia los recursos naturales, viola los Derechos Humanos y ultraja el derecho internacional.

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         La protección de la población saharaui es responsabilidad de:

         - España, en su calidad de potencia administrativa de iure (Carta de la ONU, resoluciones de la Asamblea General de la ONU sobre la cuestión del Sáhara Occidental y Autos 40/2014 y 1/2015 de los tribunales españoles).

         -Marruecos, en su condición de potencia ocupante (adhesión a los Convenios de Ginebra).

         - La República Árabe Saharaui Democrática, en su calidad de estado soberano sobre el territorio saharaui, de conformidad con la legalidad africana y su Acta Constituyente.

         -La Unión Africana, responsable de implementar la Carta de Derechos Humanos y de los Pueblos y la resoluciones y decisiones, en particular el envío de una misión de investigación, adoptada por la cumbre de jefes de estados y gobiernos en 2013.

         -La ONU, responsable de implementar las resoluciones sobre el derecho de autodeterminación así como las denuncias sobre tortura, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, derechos económicos, sociales y culturales

-Nos sumamos a denunciar los asesinatos bajo bombardeo con drones marroquíes desde el reinicio de las hostilidades, el 13 de noviembre de 2020.

-Nos sumamos al apoyo de que las víctimas y sus familiares obtengan justicia y garantías de no repetición.

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Por su parte, los abogados africanos debieran desarrollar una estrategia de litigación para construir a partir de:

a)La sentencia favorable de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.

b)Los aspectos positivos de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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En un orden mundial basado en normas la lógica de la fuerza no puede ser una opción. La única opción es defender los principios del Derecho Internacional y llevar a buen puerto la descolonización del Sáhara Occidental mediante la expresión libre, auténtica y democrática de la voluntad soberana del Pueblo saharaui en el ejercicio de su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia. Esta es la única vía que puede llevar a una solución justa y duradera que restaure la paz, la seguridad y la estabilidad en el Norte de África.

MUCHAS GRACIAS

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